viernes, 10 de abril de 2009

25 AÑOS DE CARCEL

Fue un juicio histórico y ejemplar sobre el cual estuvieron depositados los ojos no solo del país, sino del mundo entero. Y concluyó con una sentencia contundente y drástica que dejó casi atónito al acusado Alberto Fujimori, quien quizás para no hacer evidente su desazón y contrariedad ante las cámaras se la pasó la mayor parte del tiempo agachado y haciendo anotaciones en un cuaderno. El tribunal lo condenó a 25 años de prisión tras un proceso que duró casi 16 meses.

El ex presidente, que durante su autodefensa se presentó como el salvador del país, fue hallado por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema responsable de los delitos de homicidio calificado con alevosía, por las matanzas de Barrios Altos y de La Cantuta, y de secuestro agravado bajo circunstancia agravante de trato cruel, por las detenciones del periodista Gustavo Gorriti y el empresario Samuel Dyer.

Estos delitos, según precisó el vocal supremo César San Martín, constituyen crímenes contra la humanidad.

Se trató de una lectura de sentencia sui géneris. No se leyó el fallo completo (hubiese sido casi imposible, pues tiene más de 700 páginas), sino únicamente los hechos más saltantes. Además, casi desde el comienzo el vocal San Martín indicó que el fallo era unánime y que sería condenatorio por todos los delitos.

En la sala de audiencias, Keiko y Kenji Fujimori, Mark Vita (yerno del procesado), y los congresistas Carlos Raffo, Luisa María Cuculiza, Alejandro Aguinaga, Martha Moyano y Rolando Souza se mantenían callados y con una actitud sombría.

Sabían que su líder sería condenado, pero no esperaban que le dieran tan alta pena. Por eso, apenas terminó la audiencia y todavía en la sala, Moyano gritó: “Lo que está probado es la venganza de este tribunal”.

En tanto, los familiares de las víctimas que estaban en la sala se abrazaban y repetían que se había hecho justicia.

CARGOS PROBADOS
La audiencia empezó a las 9 a.m. y acabó pasado el mediodía. Antes de dar los fundamentos del fallo, el vocal San Martín aseguró: “Los cuatro cargos objeto de imputación se encuentran probados, más allá de toda duda razonable, por consiguiente la sentencia que se emite es condenatoria”.

Y más, porque agregó que los crímenes cometidos constituyeron “la más grave y severa desvaloración de la persona” por parte del ex mandatario.

El tribunal basó su resolución de culpabilidad de Fujimori en la teoría de la autoría mediata, según la cual quienes perpetraron las dos matanzas y los dos secuestros evaluados en este juicio respondían a una política de Estado diseñada por Fujimori.

En otras palabras, se configuró un aparato de poder organizado en cuya cúspide se encontraba Fujimori como jefe de Estado y jefe supremo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

Esta teoría fue aplicada anteriormente para sentenciar al líder terrorista Abimael Guzmán y hace algunos meses al ex jefe nominal del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) Julio Salazar Monroe por el Caso La Cantuta.

De acuerdo con la sentencia, en la cual también se menciona que las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta fueron crímenes de Estado, Fujimori deberá permanecer en prisión hasta el 10 de febrero del 2032, pues se computará su reclusión desde que fue detenido en Chile el 7 de noviembre de 2005.

Oído el fallo y tras consultar con su abogado, César Nakazaki, Fujimori dijo escuetamente: “Interpongo recurso de nulidad”, en tanto que el fiscal supremo José Peláez manifestó estar de acuerdo con la sentencia.

Este pedido de nulidad será resuelto por la Primera Sala Penal Transitoria en los próximos cuatro o cinco meses. Mientras tanto, el ex presidente continuará detenido en la sede de la Diroes hasta que empiece su nuevo juicio, el 11 de mayo, por el pago ilegal de US$15 millones a Vladimiro Montesinos como CTS.

Los efectos vinculantes de la sentencia
El único procesado y condenado en este juicio ha sido Alberto Fujimori, pero en el histórico fallo también se ha implicado a otros personajes cercanos a su régimen.

La sentencia dispone que el Ministerio Público formule cargos contra el ex asesor presidencial Vladimiro Montesinos, el general EP (r) Nicolás Hermoza Ríos y el coronel EP (r) Alberto Pinto Cárdenas, ex jefe del Servicio de Inteligencia del Ejército, por el delito de secuestro agravado contra Gustavo Gorriti.

También pide que se acuse a Hermoza Ríos por el delito de rebelión, en agravio del Estado por el autogolpe del 5 de abril de 1992.

La Sala Penal Especial solicita acusar al general EP (r) Willy Chirinos Chirinos, ex jefe de la Dirección de Inteligencia del Ejército, por el delito de falso testimonio, pues cuando declaró como testigo ante el tribunal no habría dicho la verdad.

PARA TENER EN CUENTA

Diccionario jurídico del Caso Fujimori

Autoría mediata
Se da en aquellos casos en los que el delito es realizado por una persona a través de otra, aprovechando que se tiene el control de una organización en la cual las órdenes se cumplen.

Crímenes de Estado
La figura está referida a delitos de homicidio calificado o secuestro agravado realizado por autoridades del Estado, como el Ejército.

Crímenes de lesa humanidad
Son considerados así los delitos de homicidio calificado realizados en masa, al igual que la tortura y la desaparición forzada.

No hay comentarios: